martes, 8 de septiembre de 2020

ACTUALIZACIÓN DE INSTRUCCIONES SOBRE EL PROCESO DE INSCRIPCIÓN DE RAMOS - SEGUNDO SEMESTRE 2020

Estimadas y estimados alumnos:

Junto con saludar, vengo en formular las siguientes indicaciones relativas al proceso de inscripción de ramos del Segundo Semestre 2020:


1. En virtud de información formulada por los encargados del proceso, el período de inscripción de ramos que los alumnos pueden completar de forma directa, a través del sistema informático, comprende los días 10 al 21 de septiembre de 2020. 

A este procedimiento se sujetan todos los alumnos, incluyendo los de Primer Año. 


2. Los alumnos podrán solicitar levantamiento de restricciones entre los días 10 al 15 de septiembre de 2020. Esta regla no tendrá excepciones. 

Se recuerda, en relación a lo anterior, que Jefatura de Carrera no atiende ni responde solicitudes durante el período de receso por vacaciones de Fiestas Patrias. Al tratarse de días inhábiles, se recomienda a los alumnos no enviar solicitudes a Jefatura durante ese período, con la sola excepción de los levantamientos de restricción.

El período de inscripción de cursos a través de Jefatura de Carrera tendrá lugar solo entre los días 21 de septiembre y 2 de octubre. Por tanto, los alumnos que no puedan inscribir algún determinado ramo en el período regular, solo podrán solicitarlo en la fase explicada. Esta instancia tampoco servirá como oportunidad de revisión del proceso de levantamiento de restricciones. 


3. Respecto de las peticiones de levantamiento de restricción, los alumnos solo podrán formular una petición por curso. No se autoriza la reiteración de peticiones, las cuales serán rechazadas de plano en caso de producirse.

Tales clases de conductas, lejos de acelerar el proceso de resolución de casos, solo entorpecen la resolución de los mismos, y afectan las peticiones formuladas por los mismos alumnos.


4. Los alumnos no podrán formular peticiones repetidas de levantamiento de restricción al correo de Jefatura de Carrera ni al correo personal del suscrito. Tampoco es procedente el envío de solicitudes con copia a Secretaría Académica ni a Dirección de Escuela.


5. Se recuerda a los alumnos y las alumnas que, conforme el Reglamento de Docencia de Pregrado, lo resuelto por Jefatura de Carrera en orden al proceso de inscripción de cursos y levantamiento de restricciones, no es susceptible de recurso alguno. Cualquier solicitud formulada en vulneración de esta mención será rechazada de plano. 


6. Se recuerda que, cada vez que un alumno o alumna se dirija a Jefatura de Carrera, debe hacerlo con identificación de datos completos (nombre completo, rut, y año de ingreso).